viernes, 20 de julio de 2012

Sesión Ordinaria de Julio (4ta. parte).-


Como último tema y en continuidad con la entrada anterior, se dio tratamiento al Proyecto de Ordenanza modificando las condiciones para el pago de deudas.-
Aquí dejo el enlace para quien quiera conocer el texto del Despacho. Sobre la explicación de que se trata creo que los argumentos lo aclaran por eso les dejo la opción de escucharlos o leerlos a continuación.-
 

"Señor Presidente: No voy hacer mención a ningún bloque, sólo voy a hablar como concejal. Pasando en limpio el tema que estamos por votar, podemos decir sintéticamente que estamos adecuando una Ordenanza porque se contrapone a lo que establece una Ley.- El tema en cuestión es : “No se puede actualizar el valor de las Tasas adeudadas”. Podemos estar de acuerdo o en desacuerdo con la Ley, pero en concreto es lo que está vigente. Ahora bien, derogamos la actualización y ¿Que aplicamos en su lugar?Precisamente en la búsqueda de esa respuesta es que hemos realizado las deliberaciones en Comisión.
Merece la pena aclarar que abordar este debate, significa abrir las puertas a un amplio abanico de opiniones, echa esa salvedad, resaltamos dos realidades evidentes y que no podemos desconocer.
La primera: El no pago de una Tasa implica de manera automática una situación de desigualdad con los contribuyentes, que con esfuerzo o sin él, cumplen en tiempo y en forma con la obligación establecida.-
La segunda: Se le quitan al Municipio los recursos para el cumplimiento de los objetivos proyectados, perjudicando en consecuencia al conjunto de los contribuyentes.-
Son precisamente estas dos realidades lo que da lugar a dos Tasas: la Multa y la Mora
La Tasa Multa tiene por objeto precisamente “multar” el incumplimiento, y no lo estamos modificando con el Proyecto.- La Tasa Mora tiene por objeto compensar la pérdida de poder adquisitivo para afrontar los costos de bienes y/o servicios con destino a los objetivos proyectados. En realidad esta es la Tasa que estamos modificando en esta oportunidad, porque al eliminar la actualización estamos resintiendo fuertemente la continuidad de la prestación de servicios o la ejecución de obras, según corresponda en cada caso de acuerdo a la o las Tasas adeudadas.-
Otro tema importante que estamos modificando es que se establece un solo cálculo o criterio para determinar la deuda, de manera independiente a que se abone de una sola vez o por medio de una financiación. Claro está que en el caso de una financiación se le adiciona un interés, precisamente de financiación, pero eso es otro tema, y tiene por objeto compensar el costo financiero de no contar con el dinero en forma inmediata. Las condiciones de financiación en ese sentido: No se modifican.-
Esto es en síntesis lo que se reforma con los proyectos presentados y el despacho en consecuencia. Además de otras cuestiones que son de forma, y pretenden una mayor integridad del instrumento legal.- Han existido por supuesto discrepancias en diversos aspectos, no obstante llegamos a esta Sesión con un Despacho firmado por la totalidad de los miembros de este Concejo.-Así las cosas y tras poner en sintonía la Ordenanza con la Ley, lo que aspiramos es que se pueda establecer una estrategia para la regularización de todas las deudas.-
Gracias Señor Presidente.-"
A diferencia de los casos anteriores el resultado de la votación positiva fue unánime.-


Mercedes