martes, 14 de agosto de 2012

Sesión Ordinaria 13 de Agosto.-


Junto a la Concejal Mariel Folonier presentamos dos Proyectos que en esta Sesión fueron destinados a comisiones para su análisis.-
Uno es un Proyecto de Ordenanza (clic para ver) por el que se propicia la venta o canje de la propiedad Municipal ubicada en Avda. Mitre y Bvard. Francou, con el objeto de formar una reserva de tierras para viviendas.-
Otro es un Proyecto de Resolución (clic para ver) complementario del anterior, promoviendo terminar de trasladar el corralón Municipal hacia las instalaciones frente al Matadero Municipal y que en el año 2003 se habían comprado con ese fin.-
Con estos dos Proyectos ponemos fin a las mentiras y dejamos claras dos verdades: 1 Estamos a favor de más viviendas y 2 Existen alternativas para contar con reservas de tierras para viviendas .-
Queda por delante ver que variantes pueden aportar los demás y en caso de la aprobación se deberá dar primero una adecuada difusión para informar a los posibles interesados en hacer ofertas y a la vez para recibir sugerencias en cuanto a la mejor manera de realizar el o los llamados a licitación buscando buenos resultados para todos.-
Pasando a otros temas puedo decir que brindé mi apoyo e hice mi aporte a dos iniciativas que se trataron sobre tablas, esto sin abandonar mis principios en cuanto a que hay que garantizar el mayor tiempo de estudio a los temas.-
La primera iniciativa está relacionada con una Ordenanza para poder comprar más acciones de la Empresa Termas S.A. y en lo que sigue se puede escuchar o leer mis argumentos.-

Señor Presidente: El Proyecto de Ordenanza que estamos analizando tiene que ver mas bien con una cuestión de forma y no con una cuestión de fondo, digo esto porque en el Presupuesto vigente está contemplada la Partida Inversión Financiera, a nivel Sector y Partida Principal por un monto de $ 180.000.-, y no contiene en forma discriminada la partida para la compra de acciones a Termas S.A. , de haber sido así, no estaríamos tratando este proyecto de apuro. La Ordenanza anterior que se pretende prorrogar en este proyecto contemplaba la compra de acciones de acuerdo a los ingresos de dividendos del ejercicio anterior y establecía además una fecha de vencimiento. Si tenemos en cuenta que los ingresos por dividendos de Termas en el ejercicio 2011, ascendieron a la suma de $ 139.688,80, y al 30 de abril del corriente, según ejecución con la que contamos en este cuerpo, no se ha producido aún erogación, resulta todo saldo está ejecutable. Quiero que quede claro que no estamos abordando el análisis de la conveniencia o no, de la compra de acciones, de este caso en particular, sólo estamos subsanado en todo caso la falta de claridad en el presupuesto respecto al destino de los $ 180.000,00.-
Estoy coincidiendo en general con la iniciativa, es decir contar con una ordenanza marco que clarifique directivas para la confección de los respectivos presupuestos futuros, entiendo además que al igual que otras ordenanzas marco, ésta no debería tener fecha de vencimiento, pues llegado el momento y los argumentos adecuados, con una nueva Ordenanza se deroga, se suspende o se modifica.-
Inclusive no descarto que evaluemos la posibilidad de venta de acciones, siempre que exista un proyecto acorde, recordemos que en su momento el municipio contribuyó con un importante capital de riesgo para que la iniciativa se concrete y por lo que vemos hoy ya está en marcha inclusive produciendo dividendos, de manera que no podemos descartar la posibilidad de que otros desafíos mas puedan necesitar de un impulso similar.-
Decía que estamos ante una cuestión de forma, y tiene que ver también porque se aprobaría la autorización para la compra, autorizar no es lo mismo que ordenar, vale decir que el Presidente Municipal deberá evaluar en cada caso la conveniencia de compra.-
Sintetizando: Comparto en General. Me parece bien la reinversión mientras no tengamos una prioridad mejor, me parece bien una ordenanza marco, y me parece bien adecuar el presupuesto. Para estas cuestiones voy a proponer las respectivas reformas en el tratamiento en particular.- Nada más señor Presidente.-
Tratamiento en particular:
Señor Presidente: Propongo la sustitución del Artículo 1º por lo siguiente:
Artículo 1º) Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir acciones de la Empresa Termas Villa Elisa S.A., hasta el monto que cada Presupuesto anual determine, pudiendo intervenir en las operaciones de compra, tanto en la etapa de comunicación primaria del Directorio como luego de transcurrido ese período. En la confección de cada Presupuesto Anual se incluirá como máximo el importe de los dividendos que correspondan al Municipio desde Termas Villa Elisa S.A. producidos en el año inmediato anterior al del Presupuesto en elaboración.-
Señor Presidente: En el Artículo 2º propongo ya modificar las Partidas Presupuestarias, el cual quedaría redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º) Modificar las Partidas del Presupuesto de Gastos Año 2012, según el siguiente detalle:
02-07-00-000-00-00-00  Inversión Financiera             $ 139.700,00
02-07-10-000-00-00-00  Inversión Financiera             $ 139.700,00
02-07-10-170-00-00-00  Aportes de Capital                $ 139.700,00
02-07-10-170-01-00-00  Acciones Termas S.A.           $ 139.700,00
La diferencia iría a la Cuenta de Crédito Adicional:
02-08-00-000-00-00-00  A Clasificar                            $ 40.300,00
02-08-11-000-00-00-00  Crédito Adicional                   $ 40.300,00
02-08-11-175-00-00-00  Para Erogaciones Ej.Corr.   $ 40.300,00
Esto en total es la sumatoria de los $ 180.000,00 que están en el Presupuesto.-
La segunda iniciativa tratada sobre tablas tiene que ver con facilitar a un vecino de Villa Elisa el acceso al "PROCREAR" (Programa de Créditos Argentinos) debido a que no podía encuadrar la subdivisión del terreno dentro de las normas establecidas por el Código de Planeamiento Urbano.-
Todos estábamos de acuerdo en permitirlo, lo que no logré hacer entender que era conveniente que al darnos cuenta del problema teníamos que ser capaces de aprobar una solución no personalizada, es decir una solución que le sirva a esta persona y a "todas" las que se encuentren en la misma situación.
En lo que sigue se puede escuchar o leer mis argumentos.


Señor Presidente: Tomado conocimiento del caso desarrollado, estoy de acuerdo en general, pero también nos permite suponer la posibilidad de otras casos similares, por lo que resulta aconsejable despersonalizar las normas para que puedan ser de aplicación en todos los casos y con un criterio único. Por lo tanto en consecuencia propongo la sustitución del Artículo 1º) por el siguiente texto:
Suspender por el plazo de un (1) año, a partir de la promulgación de la presente, la vigencia de los mínimos de fraccionamientos del suelo establecidos en las Planillas: I; II; III; IV; V; VII; VIII; IX; XIV y XVI contenidas en el Artículo 10º; y la vigencia del Inciso f), Artículo 30º del “CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL” aprobado mediante Ordenanza Nº 1317; para aquellos casos que hubieran cumplimentado la primera etapa y hayan resultado ganadores en el sorteo establecido en el “Programa de Créditos Argentinos” .-
Mercedes