Además del tema que
concentró la atención y desarrollé en la entrada anterior, tuve
intervención en dos temas más.-
Uno tiene que ver con el
pedido de quienes han resultado sorteados en un programa de viviendas
en terrenos propios, el problema es que el Municipio no les puede
aprobar la Mensura porque el terreno que compraron no cumple los
requisitos que pide el Código de Planeamiento.-
Para resolver ese problema y todos los casos en circunstancia
similares, junto a otras Concejales presenté un proyecto de
Ordenanza (clic aquí para ver). Con él se facilita que los
interesados puedan continuar con el trámite y ya se soluciona para
otros casos futuros. Pedí su ingreso anticipado o de último momento
para ganar tiempo en su tratamiento.-
Señor
Presidente:
Respecto de la solicitud que acabamos de remitir a la carpeta de
antecedentes, hemos confeccionado un proyecto de Ordenanza entre
algunos Concejales con el ánimo de dar solución al problema. La
característica del caso constituye un caso de excepción, por la
urgencia, en consecuencia solicito el apoyo del Cuerpo previsto
en el artículo 33º -último párrafo- de nuestro reglamento.- Nada
más Presidente.-
Otro tema también tenía
que ver con un pedido por limitaciones establecidas en el Código de
Planeamiento, ya se está convirtiendo en un clásico mi oposición a
las normas personalizadas, aquí dejo mis argumentos: (audio y texto)
Señor
Presidente: Estamos tratando un pedido que a mi juicio es
totalmente razonable, seguramente la Comisión ha indagado sobre la
viabilidad de elevar el factor de ocupación del suelo, no obstante
debo señalar dos (2) objeciones.-
1)
Se argumenta el uso exclusivo de locales de comercio. No entiendo qué
tiene que ver el destino para autorizar lo que se pide. De todas
formas debemos tener en cuenta que por más buena voluntad que exista
de que así sea, nada impide que eventualmente en la práctica, se le
cambie el destino en el futuro.-
2)
No me importa insistir las veces que sea necesario, que no estoy de
acuerdo con Ordenanzas personalizadas cuando no existe una fundada
razón de excepción. ¿La razón? El principio de Igualdad, señor
Presidente. Supongo ya a esta altura que no hace falta explicar el
principio de Igualdad.-
Al
margen de las objeciones también me parece oportuno ir plasmando el
perfil de la reforma que hay que hacerle al Código de Planeamiento.-
Por
las razones expuestas y pasando en limpio: Debemos permitir
construir, pero como regla general no a una persona en particular.
Por ello en el tratamiento en particular voy a proponer la
sustitución del Artículo 1º para contemplar lo que antes expresé.
Gracias señor Presidente.-
Tratamiento
en particular
Señor
Presidente: Mociono la
sustitución del Artículo 1º) por el siguiente:
“Artículo
1º
) Modificar
el F.O.S. (máx) establecido en la Planilla I contenida en el
Artículo 10º del “CÓDIGO
DE PLANEAMIENTO
URBANO
Y TERRITORIAL”
aprobado mediante Ordenanza Nº 1317; el que se establece en el valor
de 0,85 (ochenta y cinco centésimos).-”
No prosperó mi propuesta, la votación: 8 a 3.-
Mercedes