Haciendo
clic en las palabras o frases de color y subrayadas
(hipertexto) se accede al contenido del tema.-
Monumento
Histórico Municipal, se declaró a los restos del primer
templo en Villa Elisa.-
El
mío fue el único voto por la negativa, fundado básicamente en que
no me siento en condiciones de realizar enfoques teológicos desde
una banca del Concejo, además de que el Municipio no tiene
injerencia sobre bienes de terceros.-
Es
interesante aclarar que la Constitución Provincial establece:
"Regular, disponer y administrar, en su ámbito de aplicación,
los bienes del dominio público y privado municipal."
Tengo
que subrayar la expresa salvedad "en su ámbito de aplicación",
y las cuestiones religiosas no son temas que el municipio tenga que
administrar.-
A
continuación mis argumentos en Sesión:
Donación
de Terreno
Municipal
al Consejo de Educación, la explicación la formulé en la sesión
del lunes próximo pasado y aquí la comparto: