martes, 31 de julio de 2012

Última Sesión Ordinaria de Julio.-


El Presidente Municipal asistió a la Sesión Ordinaria del lunes 30 de julio. El motivo fue responder un pedido de informes formulado en referencia a la reincorporación de un agente municipal.-
Ese suceso me sorprendió gratamente y además demuestra la utilidad de pedir informes y generar el espacio para que el Presidente Municipal exponga sus argumentos ante los Concejales, con el agregado positivo que lo haga en forma personal y en una instancia pública como lo es una Sesión.-
Aunque aún falta el dato numérico, quedaron expuestos detalles interesantes para iniciar su análisis.-
Como parte de ese análisis me parece muy interesante intentar rescatar enseñanzas positivas, en lo que al Concejo respecta a quedado ratificada la importancia de analizar responsablemente cada tema sometido a su consideración, digo esto pues en la exposición del Presidente Municipal se dejó clara la intervención del Concejo Deliberante ( Concejo Deliberante período 2003-2007) convalidando lo hecho por el Ejecutivo.-
Otro desafío interesante es como mejorar estas instancias para un mejor provecho de los elementos que está en condiciones de brindar el Ejecutivo.-
Por lo pronto quiero resaltar el gesto de un informe verbal y en la sesión inmediata siguiente a pesar que según la Ley tiene un plazo de 120 días.-
Por supuesto que quedo atenta y ansiosa por la próxima respuesta, ya que lo del lunes pasado fue una respuesta parcial (faltan los números) y además abarcó uno de los dos pedidos de informes realizados.-
Pasando a otro tema puedo comentar que en representación de la Caja Municipal de Jubilaciones di ingreso al Balance semestral previsto por la Ordenanza Nº 864. A continuación dejo a disposición la breve exposición que realicé:
 
"Señor Presidente: Tal cual establece la Ordenanza Nº 864, doy ingreso en representación de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones para el Personal de la Municipalidad de Villa Elisa, del Balance de Fondos correspondiente al primer semestre del año en curso.- Si bien el mismo quedará en Secretaría a disposición de los Concejales, quiero destacar que de él estos números, se desprende que no sólo se cumple con el objeto primordial que es el cumplimiento con el pago de los beneficios previsionales... voy a decirlo mas claro: en nuestra Caja se paga el 82 % real en tiempo y en forma. Decía que no sólo se cumple con ese objetivo -que es muy importante- sino que a la vez, sigue vigente una medida de triple efecto tal como son los préstamos personales a sus afiliados, digo de triple efecto porque: 1º) es una inversión para el sistema, 2º) es un servicio más para los afiliados, y 3º) es un capital que realimenta la economía local.- Se puede apreciar claramente la importancia de los créditos en la relación numérica que están expresados en el balance.-
Solo quería referirme a esos aspectos salientes y hacerles saber que quedo a disposición de los concejales que deseen profundizar mas detalles del Balance.-
Nada más, Señor Presidente.-"

Respecto de los demás temas fueron aprobados por unanimidad todos los despachos de Comisiones.-


Mercedes 

viernes, 20 de julio de 2012

Sesión Ordinaria de Julio (4ta. parte).-


Como último tema y en continuidad con la entrada anterior, se dio tratamiento al Proyecto de Ordenanza modificando las condiciones para el pago de deudas.-
Aquí dejo el enlace para quien quiera conocer el texto del Despacho. Sobre la explicación de que se trata creo que los argumentos lo aclaran por eso les dejo la opción de escucharlos o leerlos a continuación.-
 

"Señor Presidente: No voy hacer mención a ningún bloque, sólo voy a hablar como concejal. Pasando en limpio el tema que estamos por votar, podemos decir sintéticamente que estamos adecuando una Ordenanza porque se contrapone a lo que establece una Ley.- El tema en cuestión es : “No se puede actualizar el valor de las Tasas adeudadas”. Podemos estar de acuerdo o en desacuerdo con la Ley, pero en concreto es lo que está vigente. Ahora bien, derogamos la actualización y ¿Que aplicamos en su lugar?Precisamente en la búsqueda de esa respuesta es que hemos realizado las deliberaciones en Comisión.
Merece la pena aclarar que abordar este debate, significa abrir las puertas a un amplio abanico de opiniones, echa esa salvedad, resaltamos dos realidades evidentes y que no podemos desconocer.
La primera: El no pago de una Tasa implica de manera automática una situación de desigualdad con los contribuyentes, que con esfuerzo o sin él, cumplen en tiempo y en forma con la obligación establecida.-
La segunda: Se le quitan al Municipio los recursos para el cumplimiento de los objetivos proyectados, perjudicando en consecuencia al conjunto de los contribuyentes.-
Son precisamente estas dos realidades lo que da lugar a dos Tasas: la Multa y la Mora
La Tasa Multa tiene por objeto precisamente “multar” el incumplimiento, y no lo estamos modificando con el Proyecto.- La Tasa Mora tiene por objeto compensar la pérdida de poder adquisitivo para afrontar los costos de bienes y/o servicios con destino a los objetivos proyectados. En realidad esta es la Tasa que estamos modificando en esta oportunidad, porque al eliminar la actualización estamos resintiendo fuertemente la continuidad de la prestación de servicios o la ejecución de obras, según corresponda en cada caso de acuerdo a la o las Tasas adeudadas.-
Otro tema importante que estamos modificando es que se establece un solo cálculo o criterio para determinar la deuda, de manera independiente a que se abone de una sola vez o por medio de una financiación. Claro está que en el caso de una financiación se le adiciona un interés, precisamente de financiación, pero eso es otro tema, y tiene por objeto compensar el costo financiero de no contar con el dinero en forma inmediata. Las condiciones de financiación en ese sentido: No se modifican.-
Esto es en síntesis lo que se reforma con los proyectos presentados y el despacho en consecuencia. Además de otras cuestiones que son de forma, y pretenden una mayor integridad del instrumento legal.- Han existido por supuesto discrepancias en diversos aspectos, no obstante llegamos a esta Sesión con un Despacho firmado por la totalidad de los miembros de este Concejo.-Así las cosas y tras poner en sintonía la Ordenanza con la Ley, lo que aspiramos es que se pueda establecer una estrategia para la regularización de todas las deudas.-
Gracias Señor Presidente.-"
A diferencia de los casos anteriores el resultado de la votación positiva fue unánime.-


Mercedes 

jueves, 19 de julio de 2012

Sesión Ordinaria de Julio (3ra. parte).-


Como continuación a lo publicado en la entrada anterior, se trató el tema en relación a los establecimientos gerontológicos y geriátricos que regula la Ley Provincial Nº 9823.-
Si bien todos compartimos la preocupación para que se atienda correctamente a los mayores, no hubo manera de coincidir en cual es la manera correcta de contribuir para que se cumpla la Ley.-
No existen dudas que es competencia de la Provincia la habilitación y control de los establecimientos citados, en consecuencia considero que el problema es que no se interpretó adecuadamente la Ley 10027 en su Art.97º Inc. a) que claramente prevé la sanción de Ordenanzas para asuntos "...cuyo cumplimiento compete al Municipio..." por eso proponíamos una Resolución reclamando que quienes tienen la obligación cumplan con ella. A la vez que proponíamos una Ordenanza en el tema que sí corresponde. (Para conocer el contenido del Despacho acceder a este enlace).-
Los argumentos esgrimidos en Sesión fueron los siguientes:
 

"Señor Presidente:
Ante todo yo quiero aclarar que no tenía conocimiento del contenido de la Ley 9823.-
Estuvo bueno analizarlo porque entre otras cosas me di cuenta que yo tenía un error cuando utilizaba el término “geriátrico”. Precisamente la Ley tipifica, normatiza y reglamenta prestaciones y servicios gerontológicos y geriátricos de la provincia de Entre Ríos.-
Para decirlo en forma corta y simple el servicio gerontológico es la residencia con prestación de servicios a ancianos. Mientras que el servicio geriátrico es cuando además de los servicios generales prestan atención médica y de enfermería. En base a esta gran diferencia es que se establecen dos (2) organismos específicos y diferentes encargados de la habilitación, control y supervisión de los mismos. Uno dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y el otro del Ministerio de la Salud, de la provincia de Entre Ríos.-
Es evidente que no estamos ante un tema más, es un tema delicado, es evidente que la Ley reserva para la Provincia la facultad de habilitar y controlar los mismos.-
Si bien es cierto que el Artículo 5º contempla que se podrá delegar el contralor en los Municipios, también es cierto que ese artículo no fue reglamentado por el Decreto 3090 del 2010.-
Y aquí tenemos que detenernos y hacer un análisis muy responsable, para un tema tan delicado, hay que garantizar un adecuado control, y para garantizar un adecuado control hace falta una gran estructura: “el artículo 4º del Decreto Reglamentario dice: Cada Organismo competente conformará un Equipo Interdisciplinario de Profesionales Básicos con capacitación en la temática-problemática de la vejez, conformado por al menos un profesional, por cada área específica: Médico Geriatra, Médico Gerontólogo, Trabajador Social, Arquitecto, Ingeniero, Psicólogo, Psicopedagogo, Terapista Ocupacional”. Esta gran estructura mencionada en un Municipio chico de entre 10 mil o 15 mil habitantes como es Villa Elisa no se puede sostener, no nos podemos comparar con Municipios como Concepción, Gualeguaychú, Concordia o Paraná, que por solo la cantidad y complejidad de los temas a controlar pueden sostener una estructura acorde, inclusive la misma Provincia, de quien es básicamente la responsabilidad y para lo cual están involucrados nada menos que dos Ministerios.-
En consecuencia, en defensa del bienestar de los mayores, lo lógico es requerir que se cumpla la Ley, y que quienes tienen la obligación de su aplicación y control, así lo hagan. Por eso no compartimos el otro Despacho y sobre todo el artículo 2º, pues no tiene sentido una Ordenanza diciendo que no va a hacer lo que no le corresponde, está claro que no es competencia del municipio habilitar o clausurar estos establecimientos.-
En cuanto a las actividades complementarias desde las áreas de cultura y de deportes, no se contradicen con la Ley y no necesitan de una Ordenanza para su implementación.-
Respecto al Artículo 7º que propone el otro despacho, debo hacer notar que no hay un vacío es ese sentido pues se encuentra previsto en el artículo 54º inciso a) del Código de Planeamiento Urbano y Territorial cuando dice: “ El Departamento Ejecutivo podrá mediante Decretos o Resoluciones determinar las normas o procedimientos técnicos a los que deberán ajustarse los residuos resultantes de actividades potencialmente capaces de degradar o perjudicar el ambiente o la salud humana.-”
Así las cosas, se vuelve sin sentido la sanción de una Ordenanza, en todo caso si hay lugar para una Resolución por la que expresemos nuestra opinión y el anhelo de que se realicen los controles pertinentes.-
Por otra parte en lo que coincidimos es en cuanto a la necesidad de eximir las actividades en cuestión de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, para lo cual sí corresponde hacer una Ordenanza. Esto es así porque precisamente en función de la Ley 9823 no son atribuciones del Municipio la habilitación y control, dos cuestiones básicas por las que se cobra esa Tasa. A lo cual podemos agregar que expresamente el artículo 13º le reserva a los organismos provinciales competentes percibir la Tasa de Habilitación.-
Sintetizando: Estamos de acuerdo con el control de establecimientos gerontológicos y geriátricos y estamos de acuerdo con el desarrollo de actividades culturales y/o deportivas como complemento, por eso el Proyecto de Resolución. Y además estamos de acuerdo con la interpretación que no podemos cobrar la Tasa por habilitación y control, por eso el Proyecto de Ordenanza por separado.-
Nada más señor Presidente.-"
Aquí también el resultado de la votación fue 6 votos a 4 cuatro en favor de la otra propuesta.-
Me queda pendiente solo una entrada más sobre esta Sesión que voy a publicar mañana.-


Mercedes 


miércoles, 18 de julio de 2012

Sesión Ordinaria de Julio (2da. parte).-


Además de lo explicado en la entrada anterior, se trató una Ordenanza para agregar un vencimiento a la Tasa General Inmobiliaria, con posibilidad de descuento en los casos que no se registren deudas.-
Como no nos pusimos de acuerdo en las reuniones de Comisiones, hubo dos Despachos, haciendo clic en este enlace se puede ver el texto del que tuve intervención en su redacción y que firmé junto a dos Concejales mas, también a continuación transcribo mis argumentos en el transcurso de la Sesión.-
"Señor Presidente: En realidad yo contaba con la esperanza que del análisis detenido del despacho pudiera surgir algún voto favorable además de los que firmamos el mismo, por esta razón me voy a referir al tema: Con el Despacho que nosotros impulsamos pretendemos mejorar y aprobar el proyecto por el que se establecen dos vencimientos en lugar de uno. Decidimos apoyar la iniciativa para subsanar el problema de unos 80 casos promedio por bimestre en el año que pasó, lo que en principio lo soluciona establecer dos vencimientos.
Ahora bien esto que a primera vista parece muy simple, necesita ser mejorado contemplando cuestiones que hagan de la Ordenanza una norma fácil de interpretar, por eso agregamos desde cual vencimiento se debe computar la multa y la mora en el caso que no se pague en término en ninguno de los dos vencimientos.
También proponemos regularizar la situación por la que se están fijando vencimientos fuera de lo especificado en el Código Tributario.-
Por otro lado y lo que me parece muy importante, es de considerar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas a la propiedad y no al titular, estamos posibilitando implementar de manera rápida el descuento automático por caja, es decir que el contribuyente no necesitaría pasar primero por el mostrador para el visado, le estaríamos simplificando el trámite tanto al contribuyente como al municipio, a la vez de eliminar un gran riesgo de errores.-
Gracias señor Presidente.-"
 
En síntesis las diferencias son: 1) Nuestro Despacho establecía los descuentos, no los dejaba a criterio del Departamento Ejecutivo; 2) Dejaba claro desde cuando se aplica multa y mora en caso de no cumplir, el otro no; 3) Se consideraba la propiedad y no su titularidad, solucionando con ello el problema a quienes no tienen en forma inmediata la escritura y la posibilidad de automatizar el descuento de forma simple; 4) Establecía por Ordenanza los vencimientos que se están aplicando en contra a lo fijado en el Código Tributario.
El resultado de la votación fue 6 votos a 4 cuatro en favor de la otra propuesta.-


Mercedes 


miércoles, 11 de julio de 2012

Sesión Ordinaria de Julio.-


Con motivo del feriado del día 9, la Sesión Ordinaria se concretó el martes (así está establecido) en el horario habitual. Como fueron varios los temas tratados voy a ir abordándolos por partes.-
Uno de los temas que yo presenté en los inicios y que ya les conté en entrada anterior fue la propuesta de "Uso Racional de Papel".-
Recién ayer y por obligación reglamentaria el tema formó parte del Orden del Día; lamento informarles que no se aprobó, el resultado de la votación fue 4 votos a favor y 6 en contra.-
Si bien tenía esperanzas de que se apruebe (siempre las tengo cuando presento un proyecto) nunca tuve la certidumbre de lo que finalmente iba a pasar, aunque tal vez debí suponerlo puesto que en las reuniones de Comisiones nunca sentí un gran entusiasmo para debatirlo.-
De todas maneras aquí dejo mis argumentos manifestados en Sesión:
 "Señor Presidente: Aclaro que este proyecto fue presentado antes de la reforma del Reglamento de este Concejo, de manera que de aprobarse debe adecuarse la fórmula de sanción conforme al Artículo 34º), quitando la palabra “Honorable”.-
Hecha la salvedad quiero referirme a los dos sentidos que persigue esta Resolución, que no obstante estar claro en sus Considerandos se puede sintetizar en dos frases: “No a las papeleras” “Sí a la austeridad”.-
Que haya presentado este Proyecto no quiere decir que desconozca las acciones que en defensa del medio ambiente se vienen desarrollando, por el contrario, sólo que resulta más coherente si somos eficientes en el uso del papel.-
Respecto a la austeridad, el título habla por sí mismo, más aún cuando del manejo de los dineros públicos se trata. Por eso la Resolución sugiere el uso racional y una meta de reducción, dos objetivos que perfectamente pueden aplicarse a todos los temas.
Simplemente eso, y gracias señor Presidente.-"




Si bien el tema no prosperó y ya pasó, me parece oportuno compartir algunas reflexiones.-
Está bueno que existan diversidad de pensamientos y que se expresen.-
Está bueno recordar que llegué al Concejo en representación de la minoría.-
No está bueno el poco valor que se le da al Uso Racional (de lo que sea).-
No está bueno el casi desprecio a la Eficiencia (en lo que sea).-


En otro orden de cosas, y con la evidencia de que no se termina de interpretar lo escrito y reglamentado (Ley 10027: Art.91º ; Art.97º Reglamento: Art.28º ; Art.31º ; Art.76º ; Art.79º), se dio curso a dos pedidos de informes que yo acompañé con mi firma.-
Del contenido y argumentos de los pedidos de informes voy a dejar que se encarguen sus autores, lo que yo quiero dejar plasmada es mi convicción de que todo pedido de informes debe ser apoyado, no he encontrado aún argumentos por los cuales negar información de cualquier tema municipal.-
Lo que quiero dejar claro es la diferencia entre los conceptos "dar curso" o "aprobar", digo esto porque no se procedió a votar los pedidos, se los consideró válidos por el número de firmas, de manera que nos quedamos sin conocer la postura de los no firmantes.-


Mercedes