martes, 24 de enero de 2012

Proyecto de Ordenanza modificando el artículo 53 de la Ordenanza 864 (Caja de Jubilaciones)

Tal como les anticipé en una entrada anterior, fui desiganda como representante del Concejo Deliberante ante el Directorio de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones.-
Dicho Directorio ya quedó totalmente constituido y en la primera reunión dentro de los diversos temas tratados se me encomendó la tarea de presentar un Proyecto de Ordenanza para mejorar un artículo desde el punto de vista funcional.-
A modo ilustrativo les puedo contar a quienes aún no lo saben, de que para el personal municipal en Villa Elisa existe -como en algunas otras ciudades- una Caja de Jubilaciones propia, la que es conducida por un Directorio conformado por representantes del Departamento Ejecutivo, del Concejo Deliberante, de los afiliados activos, y de los afiliados pasivos, seis en su totalidad.-
Como su nombre lo indica su principal objetivo es el pago de las Jubilaciones del personal municipal, en consecuencia regularmente la Caja debe realizar trámites bancarios y con eso tiene que ver el proyecto que hoy por la mañana presenté y que a continuación transcribo:

PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO: El Artículo 53º Apartado h) de la Ordenanza Nº 864; y
CONSIDERANDO: Que el día 5 de enero del corriente año se concretó la primera reunión del nuevo Directorio, ocasión en la que entre otros temas se analizaron aspectos relativos a lo funcional;
Que dentro de los deberes de la autoridad de aplicación es la de pagar con puntualidad los haberes de las jubilaciones y pensiones acordadas;
Que de las experiencias recabadas surge la propuesta para habilitar también al Secretario para que en conjunto con el Tesorero pueda realizar trámites bancarios ante la eventual ausencia del Presidente; por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA ELISA, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Articulo 1º) Modificar el Apartado h) del Artículo 53º) de la Ordenanza Nº864, el que se reemplaza por el siguiente texto:
h) Representar a la Caja en sus relaciones con terceros, percibir fondos y créditos a favor de la misma y girarlos con la firma del Presidente y Tesorero, ó Secretario y Tesorero.-”
Articulo 2º) De forma.- 

Mercedes